LOS 10 PRINCIPIOS DEL PACTO MUNDIAL DE LA ONU SOBRE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS
En 1999 la Organización de las Naciones Unidas a través de su entonces secretario Kofi Annan anunció en el Foro Mundial de Economía, en Davos Suiza, el Pacto Mundial, el cual fue establecido para servir de guía moral para las empresas para que asuman su responsabilidad con la sociedad en 4 importantes temas:
Derechos Humanos
Ámbito laboral
Medio ambiente
Anti-corrupción
SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS
PRINCIPIO 1.- Apoyar y respetar la protección a los Derechos Humanos
Las empresas deben siempre respetar los Derechos Humanos tanto de sus trabajadores, como con las personas con las cuales tenga alguna relación por motivos propios de su actividad empresarial. Estos derechos deben de respetarse y promoverse no solo en su propia empresa, sino con sus proveedores, ya sea locales o internacionales.
PRINCIPIO 2: La empresa debe asegurarse de no ser cómplice de la vulneración de los Derechos Humanos
Además del apoyo y protección de los Derechos Humanos, la empresa debe asegurarse (a través de alguna metodología confiable) que dentro de su empresa o área de influencia no se están transgrediendo los derechos humanos (de los trabajadores o personas relacionadas)
SOBRE EL ÁMBITO LABORAL
PRINCIPIO 3: La empresa debe apoyar la libertad de asociación y el reconocimiento al derecho de la negociación colectiva
Las empresas deben reconocer y apoyar el derecho de sus trabajadores a negociar condiciones de trabajo justas y dignas.
PRINCIPIO 4: La empresa debe asegurarse de que se elimina en su ámbito de influencia cualquier forma de trabajo forzado o coaccionado.
El trabajo forzado u obligatorio es cualquier labor o servicio desempeñado por cualquier persona bajo la amenaza de cualquier penalización, o que la persona que lo desempeña no se haya ofrecido a realizar voluntariamente. El otorgar salarios u otras compensaciones no significa necesariamente que el trabajo no sea forzado u obligado. Por derecho, el trabajo debe realizarse libremente y los empleados deben poder retirarse cuando lo deseen de acuerdo con las normas establecidas.
PRINCIPIO 5: La empresa debe asegurarse de que se elimina en su ámbito de influencia el trabajo infantil.
Tanto en su propia empresa como en empresas con las que tenga alguna relación comercial, se debe asegurar que no se hace uso del trabajo infantil, de acuerdo con las normas nacionales o internacionales establecidas.
PRINCIPIO 6: La empresa debe asegurarse de que se elimina en su ámbito de influencia la discriminación.
La discriminación por motivos de sexo, raza, religión, creencias, preferencias, apariencia, etc. deben ser eliminadas de todos los procesos de la empresa, desde la contratación, determinación de salario, ascensos, etc.
SOBRE EL MEDIO AMBIENTE
PRINCIPIO 7: La empresa debe establecer métodos preventivos para evitar daños al medio ambiente.
Es claro que el enfoque requerido por el pacto mundial es hacia la prevención, no a la tardía corrección de un daño. El planeta es de todos los seres vivos (humanos, animales y plantas, etc.) del presente y del futuro, es por eso que la empresa debe evitar o minimizar cualquier impacto sobre la ecología.
PRINCIPIO 8: La empresa debe fomentar iniciativas que promuevan una mayor responsabilidad ambiental.
La empresa debe realizar o participar en campañas que promuevan una mayor conscientización del personal, socios comerciales y la sociedad sobre la responsabilidad que tenemos todos sobre el ambiente local y mundial.
PRINCIPIO 9: La empresa debe favorecer el desarrollo, uso y difusión de tecnologías amigables con el medio ambiente.
Las empresas deben buscar desarrollar y/o renovar su tecnología actual por una más eficiente y amigable con el medio ambiente. El ecosistema del planeta no puede seguir tolerando los abusos a los que se le ha sometido en aras del progreso económico.
MEDIDAS ANTI-CORRUPCIÓN
PRINCIPIO 10: La empresa deben trabajar contra la corrupción en todas sus formas, incluyendo la extorsión y el soborno.
Se deben evitar cualquier práctica relacionada con la corrupción. Esto debe aplicarse tanto en los procesos internos de la empresa como en la interrelación con entidades gubernamentales o privadas.